El Gobierno nacional reglamentó el procedimiento para que los hospitales administrados por el Estado Nacional puedan cobrar por las prestaciones de salud brindadas a extranjeros que no tengan residencia en la Argentina.
La medida fue implementada por el Ministerio de Salud, a cargo de Mario Lugones, y publicada este martes en el Boletín Oficial. La resolución retoma uno de los puntos incluidos en el Decreto de Necesidad y Urgencia 366/2025, mediante el cual el Gobierno había impulsado una reforma del régimen migratorio.
La nueva normativa establece un procedimiento operativo para la atención sanitaria de personas extranjeras en establecimientos de salud dependientes del Estado Nacional. El objetivo es unificar los mecanismos utilizados por los hospitales para recuperar los costos de las prestaciones realizadas a pacientes que no son residentes.
La reglamentación establece una diferencia entre extranjeros residentes y no residentes. Los extranjeros que cuentan con residencia permanente mantienen el mismo acceso al sistema de salud nacional que los ciudadanos argentinos. Para acreditar su situación migratoria deberán presentar su DNI correspondiente.
En cambio, para los extranjeros que no sean residentes se establecieron dos mecanismos de cobro. Si el paciente cuenta con un seguro de salud, el hospital podrá facturar directamente a la compañía aseguradora el costo de la atención. Cuando la persona no tenga cobertura médica, deberá abonar previamente la prestación correspondiente, según las condiciones establecidas por el establecimiento sanitario.
La normativa busca establecer reglas comunes para los hospitales nacionales y determinar cómo deberán gestionar el recupero de los costos. De todos modos, fuentes del Ministerio de Salud explicaron que cada establecimiento deberá desarrollar e implementar el mecanismo operativo correspondiente.
Uno de los puntos centrales de la reglamentación es que la medida no permite negar ni demorar la atención de una emergencia médica por la situación migratoria del paciente.
La normativa establece que las emergencias deberán ser atendidas independientemente de que la persona tenga o no residencia en la Argentina y sin que puedan imponerse trámites administrativos como condición para recibir asistencia.
Dentro de esta categoría se incluyen situaciones que impliquen un riesgo cierto e inminente para la vida o para funciones vitales. Entre ellas aparecen los infartos, accidentes cerebrovasculares, traumatismos graves, hemorragias masivas y distintas emergencias obstétricas, pediátricas y neonatales.
Una vez controlada la situación de emergencia, las prestaciones posteriores podrán ser facturadas al paciente o a la compañía aseguradora, dependiendo de si la persona cuenta con cobertura médica.
La reglamentación implementada por el Ministerio de Salud se basa en el DNU 366/2025, firmado durante la primera etapa de la reforma migratoria impulsada por el Gobierno de Javier Milei.
Aquel decreto incorporó nuevos requisitos para el ingreso al país y estableció condiciones más exigentes para obtener determinados tipos de residencia. También habilitó la posibilidad de que universidades y hospitales nacionales cobren por sus prestaciones a extranjeros que no tengan residencia.
En el ámbito sanitario, sin embargo, esa disposición no había sido implementada hasta ahora. Con la nueva resolución, el Gobierno establece finalmente el procedimiento para que los hospitales nacionales puedan comenzar a aplicar el esquema de cobro.
La reglamentación se produce en un contexto de endurecimiento de la política migratoria del Gobierno nacional.
En los últimos meses, la administración de Javier Milei impulsó distintas medidas relacionadas con el ingreso, la permanencia y las condiciones de residencia de extranjeros en el país.
La discusión también se trasladó a las provincias. La Libertad Avanza presentó en la Legislatura bonaerense un proyecto para establecer el cobro de atención sanitaria a extranjeros que no tengan residencia permanente, además de plantear modificaciones vinculadas con el acceso a la educación universitaria.
El Gobierno también avanzó con nuevas disposiciones vinculadas con la expulsión de extranjeros en determinadas circunstancias, incluyendo casos relacionados con mensajes considerados de odio, discriminación o violencia contra ciudadanos argentinos por su nacionalidad.
Con la nueva reglamentación sanitaria, el Ejecutivo nacional formalizó así uno de los puntos de la reforma migratoria que todavía no había comenzado a aplicarse en los hospitales nacionales.
